Recomendaciones sobre los servicios de telefonía móvil

Salud

Farmaciasdeguardia382022

Recomendaciones sobre los servicios de telefonía móvil

Para contratar un servicio con un operador de telefonía móvil debes tener en cuenta ciertos aspectos que te serán de gran utilidad y te ayudarán a decidirte en el caso de que tengas varias ofertas.

Antes de contratar un servicio con un operador de telefonía móvil debes tener en cuenta lo siguiente:

Infórmate sobre las condiciones que ofrece tu operador. Los operadores están obligados a publicar sus condiciones generales de contratación (prestaciones, tarifas, posibles indemnizaciones, plazos de contratación...) en un lugar fácilmente accesible en su página de Internet; a facilitarte dichas condiciones por escrito, si así lo solicitas y sin afrontar gasto alguno por su recepción; y a informar de ellas en el teléfono de atención al público, que tendrá el coste máximo del precio ordinario del servicio de telecomunicaciones sin recargo.

Compara antes de contratar. Existe un amplio número de operadores en el mercado. Ten en cuenta que, aunque el precio es un factor importante, existen otros que no lo son menos, como los servicios de mantenimiento, la calidad que se ofrece, los períodos mínimos de contratación o el procedimiento para darse de baja.

Guarda toda la publicidad. Recuerda que la publicidad es vinculante, es decir, que podrás exigir a la compañía operadora aquellas ofertas que publicite, y ten en cuenta el plazo de vigencia de las ofertas.

Recuerda que la adhesión del operador al Sistema Arbitral de Consumo es siempre un valor añadido y un distintivo de confianza. Este sistema le ofrecerá de forma gratuita y rápida un procedimiento para resolver posibles discrepancias o conflictos que hayan surgido en la prestación del servicio. No firmes el contrato si existen cláusulas de sometimiento a sistemas arbitrales privados, aunque sea la segunda opción.

Vigila las altas no solicitadas. Si no deseas contratar el nuevo servicio que un operador te está ofreciendo a través de una llamada telefónica, por correo o personalmente, no le facilites tus datos personales, ni tu datos bancarios, ni los de facturación. Es un consejo para evitar la contratación fraudulenta (slamming).

Asegúrate de que la cobertura que te ofrece el operador en la zona donde vives responde a sus necesidades, ya que no existe la obligación de cobertura universal.

Independientemente del operador con el que contrates, tienes derecho a conservar, previa solicitud, tu número de abonado para el servicio de telefonía, aunque cambie de compañía telefónica (portabilidad), y aún cuando cambies la modalidad del servicio prestado, si existe simultaneidad en la petición de baja del anterior operador y la solicitud de alta en el nuevo. El antiguo operador (operador donante), solo podrá negarse a ceder tu numeración al nuevo operado por datos erróneos o incompletos en la solicitud, por existir otra solicitud de portabilidad en curso para el mismo número, porque la tarjeta SIM haya sido denunciada por robo o pérdida, porque la numeración no corresponda al operador donante, por imposibilidad técnica o por causas de fuerza mayor.

El proceso de portabilidad para los abonados con contrato de prepago es el mismo, pero en este caso, el operador receptor no tendrá la obligación de compensar el tráfico pendiente de consumo en la tarjeta prepago del operador donante en el momento de portar su número.

Ten en cuenta que si adquieres un terminal libre, esto es, sin vincularlo a un contrato con un operador concreto, no existirá problema alguno en seguir utilizando dicho terminal con el nuevo operador. Sin embargo, si contratas el servicio de telefonía y adquieres un terminal en parte subvencionado por el operador, y en el contrato se incluye una cláusula de permanencia mínima en contraprestación a la rebaja en el precio del teléfono, si cuando solicitas la portabilidad o la baja no ha finalizado el período mínimo a que te compromete (que debe figurar en el contrato), el operador anterior podrá aplicarte dicha cláusula. Si cumples el tiempo de permanencia, podrás usarlo con el nuevo operador.

Desde que se pide, la portabilidad deberá ejecutarse en un plazo máximo de dos días hábiles.

Si contratas el servicio de telefonía móvil en la modalidad de tarjeta prepago, aunque no firmes un contrato, se establece una relación contractual. Te deben facilitar una remisión a las condiciones generales y particulares que se te aplican, en las que, además, figurarán el procedimiento para conocer el saldo y el detalle del consumo, así como para la recarga. Tienes derecho a exigir que te entreguen dichas condiciones.

La normativa no establece un plazo máximo en el que el operador de telefonía móvil deba atender una solicitud de alta, si bien dicho plazo debe figurar obligatoriamente en el contrato. Por lo tanto, cuando contrates el servicio pregunta por ese plazo, exige que conste en el contrato y consérvalo, ya que es el único al que se encuentra obligado el operador.

Cláusulas de penalización, algunos contratos las contienen, las más comunes son:

1) Las relacionadas con las cláusulas de permanencia en ofertas de precios especiales. Si la cláusula de penalización tiene su origen en un compromiso de permanencia con motivo en la oferta de condiciones (precios) especiales del contrato, el operador no podrá reclamar penalización alguna por el desistimiento del consumidor dado que éste se produce no por su voluntad unilateral, sino con causa en una modificación unilateral del contrato por parte del operador.

2) Las relacionadas con las cláusulas de financiación del aparato terminal. Si tiene su origen en un compromiso de permanencia como contraprestación a la financiación del terminal, ésta debe cumplir con los requisitos legales de proporcionalidad, no pudiendo suponer la fijación de indemnizaciones que no se correspondan con daños efectivamente causados. Sobre la procedencia y alcance de la penalización o indemnización, deberán pronunciarse los tribunales, en último extremo, si no hay común acuerdo entre el usuario y el prestador del servicio de telefonía, sin que pueda condicionarse, en ningún caso, el desistimiento del contrato al previo pago de esta penalización.

El vendedor responde de los defectos del teléfono durante un plazo de dos años. Conserva la factura de compra: es tu garantía.

El vendedor responde de los defectos del teléfono durante un plazo de dos años. Conserva la factura de compra

Lee tus facturas. En ocasiones, los operadores incluyen en ellas notificaciones obligatorias que deben comunicar a sus abonados (como, por ejemplo, variaciones de los precios). Las facturas deben diferenciar los cargos que correspondan al servicio telefónico de los de cualquier otro servicio (por ejemplo, servicios de tarificación adicional, adquisición de aparatos, etc...), e incluso tienes derecho, previa solicitud, a que te presenten facturas independientes para los servicios de tarificación adicional y otros servicios de tarifas superiores.

Los abonados a modalidades prepago tendrán derecho a tener acceso a una información equivalente a la incluida en una factura, a través de los medios que se especifiquen en las correspondientes condiciones generales.

Tienes derecho a darte de baja en el contrato con el único requisito de solicitarlo con una antelación de dos días hábiles al momento en que ha de surtir efectos. Este derecho debe figurar en el contrato, así como el resto de causas de su extinción y la forma prevista para solicitar la baja. Procura tener justificación documental de la baja solicitada: si la tramitas por teléfono, pide el número de referencia y el documento de la solicitud de baja; si la tramitas por correo, envía la carta con acuse de recibo; y si la tramitas por fax, comprueba la corrección de la transmisión y conserva el reporte. Muchas reclamaciones se producen porque un abonado se da de baja y el operador continúa facturando, y luego el usuario no puede demostrar que solicitó la baja.

El operador se abstendrá de facturar y cobrar cualquier cantidad que se haya podido devengar, por causa no imputable al usuario final, con posterioridad al plazo de dos días en que debió surtir efectos la baja.

Si deseas cambiar de operador pero conservando el número de teléfono, debes pedir al nuevo operador la portabilidad, y para ello no es necesario darse de baja con el operador anterior, ya que la solicitud de portabilidad le llega al operador anterior. Si no solicitas la portabilidad, sí que deberás darte de baja con el operador anterior, pues no basta con hacer un contrato nuevo con otro operador.

En el caso de haber formalizado un contrato acogiéndote a una oferta en la que se ofrecía la compra de un terminal a precio promocional, o bien unas tarifas especiales, a cambio de mantener el servicio con la compañía durante un período de tiempo, tienes derecho a darte de baja antes de que finalice dicho período, con independencia de que la baja pueda conllevar otro tipo de efectos, como la pérdida de ventajas u ofertas vinculadas a la permanencia o el pago de una compensación. La cláusula de permanencia deberá figurar en el contrato, así como las consecuencias de la ruptura del período mínimo.