Como consecuencia del estado de alarma, el Ayuntamiento de Mairena del Alcor informa:
1.- Establecimiento de un nuevo período voluntario para los tributos correspondientes al primer semestre de 2020 (IBI rústica y urbana e IVTM) el comprendido entre los días 4 de mayo y 6 de julio de 2020, ambos inclusive, con posibilidad de ulterior modificación, en función de la evolución de las circunstancias.
2.- Ampliar hasta el 30 de abril de 2020, los siguientes plazos de pago con vencimiento anterior a dicha fecha y siempre y cuando no hubiesen concluido ya el 18 de marzo de 2020:
a) Los plazos de pago en período voluntario de deudas tributarias, sean de vencimiento periódico y notificación colectiva o liquidaciones.
b) Los plazos de pago del artículo 62.5 de deudas en período ejecutivo.
c) Los plazos de pago resultado de acuerdos de aplazamiento o fraccionamiento.
d) Los plazos de pago en voluntaria de sanciones de tráfico.
3.- Paralización de las actuaciones ínsitas en el procedimiento administrativo de apremio, inclusive diligencias de embargo individuales, masivas o centralizadas, así como las que tengan repercusión directa con los responsables y sucesores tributarios.
4.- Para el resto de trámites tributarios contemplados en el artículo 33.1 del Real Decreto-Ley 8/2020, de 17 de marzo, se amplían los plazos hasta el 30 de abril.
Todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 3 del citado artículo 33, en particular la posibilidad del obligado tributario de atender al requerimiento o solicitud de información con trascendencia tributaria o presentar sus alegaciones, en cuyo caso se considerará evacuado el trámite.
5.- Se autoriza la concesión del fraccionamiento, con dispensa de garantía y sin devengo de intereses, siempre que se refiera a deudas tributarias de vencimiento periódico y notificación colectiva cuyo importe no sea superior a 30.000 euros y el fraccionamiento se solicite dentro del período de ingreso en voluntaria y el pago total se produzca en el mismo ejercicio de su devengo.