Bando sobre regulación carga y descarga en la zona centro
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BANDO MUNICIPAL
REGULACIÓN CARGA Y DESCARGA EN LA ZONA CENTRO
Don Juan Manuel López Domínguez
Alcalde - Presidente del Ayuntamiento de Mairena del Alcor
Hace saber:
Para una mejor organización, uso peatonal y comercial de la plaza Antonio Mairena y zonas peatonales con plataforma única adyacentes a la zona centro, se hace necesaria la regulación del tráfico en estos espacios peatonales que no están preparados ni diseñados para que los vehículos puedan circular y realizar tareas sin ningún tipo de control de carga y descarga.
Los vehículos que acceden a estos espacios peatonales pueden generar riesgos en materia de seguridad vial, limitando la accesibilidad de los peatones, afectando a la calidad ambiental, limpieza y el ornato requerido en estos espacios, además de la contaminación acústica.
Considerando lo dispuesto en el artículo 30 de la Ordenanza Tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial del municipio de Mairena del Alcor, sobre carga y descarga en zonas peatonales, solo podrán realizar estas tareas los vehículos autorizados.
La autorización de los vehículos se tramitará en la Jefatura de la Policía Local, debiendo cumplimentar la correspondiente solicitud, presentar el permiso de circulación y ficha técnica del vehículo que se quiere autorizar, el cual debe tener una masa máxima autorizada (MMA) inferior a 2500 kg o ser expresamente autorizado por la Policía Local.
El horario de carga y descarga que comprende la autorización es de 7 a 9 horas los días laborables. Excepcionalmente para otros horarios o vehículos diferentes se solicitará igualmente autorización. La Policía Local hará entrega de una tarjeta a los vehículos autorizados, la cual deberá ser visible desde el exterior del vehículo.
La zona afectada por esta normativa es la comprendida por la plaza Antonio Mairena, las zonas peatonales de plataforma única de calles Arrabal, San Fernando, Ancha, Jorge Bonsor, Tomás de Paz, León XIII, San Bartolomé y Esclava. Igualmente se deberán autorizar a los vehículos que se dediquen a estas tareas en otras zonas peatonales de la localidad.
Se podrán realizar tareas de carga y descarga sin autorización, haciendo uso de las zonas habilitadas en la calle Jorge Bonsor hasta las 11 horas y en la calle Catalina González hasta las 12 horas.
Esta normativa entrará en vigor transcurridos 7 días desde su publicación. La Ordenanza Tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial del municipio dispone:
Artículo 29. Zonas reservadas para carga y descarga.
1. Las zonas reservadas se señalizarán, tanto vertical como horizontalmente, con las señales homologadas por las normas vigentes en materia de Tráfico y circulación. En lo que se refiere a la extensión de dichas zonas, estarán supeditadas a lo que en cada momento determinen los técnicos municipales.
2. También podrán autorizarse zonas reservadas solicitadas a instancia de los comerciantes de determinadas zonas, requiriendo, en todo caso, informe previo de los técnicos municipales y resolución del Alcalde Presidente. Estas zonas se autorizarán siempre en precario, pudiendo ser modificadas o suprimidas por circunstancias que afecten a la circulación o al interés general.
3. El horario genérico de carga y descarga en las zonas reservadas será objeto de señalización o autorización expresa. El tiempo empleado en las operaciones de carga y descarga será el imprescindible para realizar las operaciones, sin que en ningún caso pueda superar los 30 minutos.
4. Sólo podrán utilizar las zonas de carga y descarga los vehículos destinados al transporte de mercancías y los vehículos mixtos, destinados al transporte de mercancías y de personas, y así se deduzca de lo dispuesto en la ficha de inspección técnica del vehículo o de la tarjeta de transporte correspondiente.
Artículo 30. Carga y descarga en zonas peatonales.
1. De forma excepcional y mediante autorización del órgano municipal competente en materia de tráfico, o en su caso, de la Policía Local se podrá acceder a realizar las operaciones de carga y descarga en el interior de zonas de acceso peatonal.
2. En su modo de operación, la carga y descarga se regirán de acuerdo con lo establecido en el artículo anterior de esta Ordenanza, que es de aplicación general.
3. El horario de carga y descarga en las vías peatonales será objeto de señalización o autorización expresa.
Artículo 31. Carga y descarga en el resto de las vías.
1. En todos los supuestos en los que no existiere en las inmediaciones una zona habilitada para carga y descarga o que, debido a las características de la mercancía, ya por su volumen o fragilidad, o debido a las condiciones del servicio no fuere posible utilizar aquélla, será precisa la obtención de autorización expresa del órgano municipal competente en materia de tráfico, en su caso, de la Policía Local, para la ocupación de la vía pública.
2. La autorización a la que se refiere el apartado anterior, deberá solicitarse con un mínimo de 15 días naturales antes de la ocupación de la vía pública, y por el tiempo que se considere necesario para realizar los trabajos. Si, como consecuencia de dicha ocupación, resultare un entorpecimiento grave para la circulación de vehículos o de personas, se adoptarán por la Policía Local las medidas pertinentes.
Lo que se hace público para su conocimiento.
El alcalde.
Puedes consultar o descargarte en este enlace el Bando de Alcaldía
