NUEVAS MEDIDAS PARA FRENAR EL COVID-19

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NUEVAS MEDIDAS PARA FRENAR EL COVID-19

30/09/2020

En el día de ayer, martes 29 de septiembre, la Junta de Andalucía aprobó nuevas medidas para tratar de frenar el coronavirus y ha dejado unas medidas más restrictivas para aplicarlas en las localidades en las que se disparen los contagios.

Estas nuevas medidas no son de aplicación en Mairena del Alcor a día de hoy, ya que estamos lejos de los índices de aplicación marcados por la Junta de Andalucía.

Por el momento, la medida que sí afecta a todos los andaluces hace referencia al número de personas que se pueden reunir en encuentros familiares o sociales con amigos. A partir de ahora, se recomienda que puedan reunirse seis personas que no sean convivientes habituales dentro de un mismo domicilio, salvo que se trate de convivientes, en cuyo caso se amplía hasta el número máximo de personas que viven bajo el mismo techo, ya sea en la vía pública (parques y plazas) como en espacios públicos o privados, para evitar el aumento de casos de contagio del Covid-19.

Los datos actuales indican que el 80% de los nuevos contagios de coronavirus se producen en el hogar y el ámbito familiar, en reuniones amigos y familiares, de ahí esa reducción de 10 a 6 personas. Se considera importante y prioritario concienciar a la población sobre la necesidad de extremar las precauciones en el ámbito familiar.

Una medida que estará vigente los próximos 14 días, es decir, hasta el 13 de octubre cuando volverá a evaluarse la situación epidemiológica. Las normas que rigen para los bares y establecimientos de hostelería siguen como hasta ahora, con un máximo de diez comensales por mesas. También se mantiene el aforo para las bodas, los bautizos y comuniones, así como los velatorios.

Para las bodas, bautizos y comuniones y celebraciones similares, siempre en establecimientos de hostelería con licencia para ello, podrán albergar hasta 150 personas en espacios al aire libre y 100 para espacios cerrados.

En el caso de los velatorios, se establece un límite máximo de 25 personas en espacios al aire libre o de 10 personas en espacios cerrados, sean o no convivientes. La participación en el funeral o en la comitiva para el enterramiento o cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de 25 personas, entre familiares y allegados, además, en su caso, del ministro de culto.