Hasta el 30 de septiembre de manera online y presencial
Hoy comienza el plazo para solicitar las ayudas al alquiler de la Junta de Andalucía, destinadas a las personas arrendatarias que, como consecuencia del impacto económico y social del COVID-19, tengan problemas transitorios para atender al pago parcial o total:
a) Del alquiler de su vivienda habitual.
b) De la devolución de las ayudas transitorias de financiación que hayan solicitado para hacer frente al pago de la renta de su vivienda habitual, reguladas en el art. 9 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo.
Estas ayudas que se pueden solicitar del 8 de julio al 30 de septiembre de 2020, podrán alcanzar el importe de las rentas de alquiler, con un máximo de 900 euros mensuales y hasta 6 mensualidades.
La solicitud de la ayuda conlleva la entrega de varios formularios, recogidos en la convocatoria como anexos:
Por internet
Puede realizar su solicitud en línea, disponible 24 h/dia a través de la Ventanilla Electrónica. Debe disponer de certificado digital.
Presencialmente
Debe presentar los formularios presencialmente en cualquier registro de los previstos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Si necesita acudir a una oficina de registro de la Junta de Andalucía, debe solicitar una cita por cada servicio o presentación de documentos que vaya a realizar. Para obtener una cita, solicítala a través de la aplicación Cita Previa o llamando al 955 062 627.
Modelo de conformidad de miembros de la unidad familiar
Puede consultar las características generales de esta ayuda así como las preguntas frecuentes.